PRIMER INCENDIO FORESTAL DOCUMENTADO EN LA SIERRA DE SEGURA: «ESTE DÍA SE QUEMÓ EL HARDAL» (2 DE SEPTIEMBRE DE 1559)

Primera noticia documentada de un incendio forestal en la Sierra de Segura: el incendio de «El Ardal» (Siles) en septiembre de 1559, por Carlos Javier Garrido García.

Situación de «El Ardal» en el Plano topográfico de Siles en 1897. Fuente: Instituto Geográfico Nacional.

LOS INCENDIOS FORESTALES EN LA ÉPOCA PREINDUSTRIAL

El uso del fuego en las zonas rurales de la época preindustrial era una práctica común destinada a la regeneración de pastos para la ganadería y en la roturación del territorio y quema de rastrojos y residuos agrícolas en la agricultura. En las zonas de clima mediterráneo, caracterizado por unas elevadas temperaturas y una fuerte sequía en verano, este uso del fuego producía frecuentemente incendios forestales. Sin embargo, estos incendios no tenían el carácter catastrófico y masivo de los incendios actuales, ya que eran poco frecuentes y afectaban a pequeñas superficies, ya que las comunidades rurales aprovechaban intensamente el bosque, lo que reducía la cantidad de combustible potencial, y además estas mismas comunidades, asentadas a lo largo del territorio, eran muy eficaces en la lucha contra los incendios, actuando de manera inmediata y logrando por lo general su extinción rápida.

Todo ello explica que, en realidad, no se pueda hablar de incendios forestales masivos en España hasta mediados del siglo XX cuando el éxodo rural empezó a vaciar el medio rural, con la consecuencia del abandono de aprovechamientos agrarios y forestales, de la desarticulación de las comunidades rurales y del aumento del combustible potencial debido también a la transición energética a los derivados del petróleo.

En cualquier caso, la existencia de los incendios forestales en la España preindustrial generó, desde época visigoda, la existencia de una legislación estatal para la protección de las masas boscosas y la persecución de los incendiarios. Así, en 1558 el rey Felipe II ordenó que en los montes quemados en Andalucía, Extremadura y Toledo no pudieran pastar los ganados sin autorización del Consejo, para evitar los incendios intencionados para aumentar los pastizales. Por otra parte, la Real Ordenanza de Montes aprobada por Fernando VI en 1748 impuso penas de prisión y embargo de bienes a los que incendiaran montes. Del mismo modo, los fueros y ordenanzas de las ciudades y villas, que poseían como bienes de propios o gestionaban bienes comunales entre los que se encontraban pastos y bosques, regularon el uso del fuego como medio de evitar incendios forestales.

LA SIERRA DE SEGURA EN EL ANTIGUO RÉGIMEN

Durante la época medieval y moderna la Sierra de Segura tuvo una economía basada en la explotación ganadera, que se complementaba con la existencia de una agricultura de subsistencia basada en los cereales. Ambas actividades económicas utilizaban extensamente el fuego como medio de generar pastos y de aumentar y limpiar la superficie de cultivo. Tales prácticas chocaban con los intereses de explotación de la madera de los amplios bosques comunales del territorio, gestionados con el Concejo de Segura de la Sierra. Esto provocó que este intentara controlar el uso del fuego a través de sus Ordenanzas del Común, es decir, el texto legal que regulaba la explotación de los bienes comunales.

Así, en las Ordenanzas del Común de Segura aprobadas en 1580 se regula el uso del fuego por agricultores y ganaderos. En la ordenanza 24 se indica que si un agricultor «echando fuego a su heredad a restroxo e tala e roça» provocara una extensión del mismo fuera de su propiedad hasta un límite de 60 pasos no sería multado por ello. En la ordenanza 25 se prohíbe «echar fuego los labradores a sus labores, roças i rastroxos» entre el 15 de mayo y el 15 de agosto (Día de la Virgen de Agosto) ya que tales prácticas habían provocado que se hubiera «ençendido mucha parte de los montes». Por último, la ordenanza 26 establece la obligatoriedad de que los «pastores i gañanes i otras personas» que encendieran fuego para «guissar de comer en el campo» apagaran debidamente el fuego antes de abandonarlo y limpiaran las inmediaciones antes de encenderlo, ya que, especialmente en los meses de mayo a agosto, las negligencias en estos aspectos producían grandes daños. 

NOTICIAS SOBRE INCENDIOS FORESTALES EN LA EDAD MODERNA ESPAÑOLA

Más allá de las normas estatales o locales referidas, no es frecuente la existencia de noticias sobre incendios concretos en esta época. Ello se debe a que, como ya se ha indicado, los incendios forestales solían ser de pequeña escala. Por tanto, los daños que generaban eran pequeños y no solían generar preocupación en las autoridades y, en consecuencia, no dejaban registro alguno. En cualquier caso, a escala local, dada la importancia económica de los recursos forestales en las comunidades rurales, había ciertas ocasiones en las que los incendios sí dejaron registros documentales, Así, en el centro de la Península, hay incendios concretos documentados en las provincias de Salamanca (1497), Ávila (1564) y Madrid (1588). En nuestro ámbito, la Sierra de Segura, no hay incendios documentados hasta el siglo XVIII, como el de Beas de Segura en 1763, en el que ardieron 6.900 chaparros, 1.500 robles y 380 pinos carrascos.

Por tanto, el incendio en la Sierra de Segura que documentamos el 2 de septiembre de 1559 no es solo importante por constituir la primera referencia concreta a un incendio en la Sierra de Segura, sino que también es la segunda referencia más antigua en el conjunto de España. 

EL INCENDIO FORESTAL DEL ARDAL EL 2 DE SEPTIEMBRE DE 1559

Como ya he indicado, las referencias a incendios forestales concretos en el Antiguo Régimen procede fundamentalmente de fuentes locales, fundamentalmente municipales, como pueden ser las actas capitulares o cuentas de propios. En el caso que nos ocupa, la referencia procede de la serie de bautismos de la parroquia de Siles. Los registros parroquiales de bautismo, prescriptivos en la Iglesia Católica desde el Concilio de Trento, contienen los datos de los bautizados de cada parroquia y es relativamente frecuente que los párrocos, al registrarlos, hicieran también anotaciones sobre sucesos importantes para la comunidad, como inundaciones, actividades bélicas o festivas y, en nuestro caso, incendios forestales.

Trabajando las series de bautismo de Siles en una investigación de otra materia, encontré una partida de bautismo de 2 de septiembre de 1559 que decía así:

«A dos de setiembre el suso dicho baptizó a Francisca, hija de Catalina de Perea y de su padre ella lo sabe. Compadre Alonso Martínez, alcalde. Comadre Ysabel Gonzáles, muger de Ramos. Testigos los dichos. Este día se quemó el Hardal».

Partida de bautismo de 2 de septiembre de 1559 en que se hace referencia al incendio forestal de «El Ardal». Fuente: Archivo Parroquial de Siles, Libro 2º de Bautismos, fol. 8v.

El incendio forestal de este monte cercano a la villa de Siles hubo de crear una fuerte inseguridad y conmoción en la localidad, de ahí que el párroco incluyera la referencia al final de la partida. 

Como es normal en este tipo de referencias, no se indica nada sobre las causas del incendio forestal. En cualquier caso, como hipótesis, se podría deducir que por la situación del Ardal, cercano a las tierras de cultivo del Arroyo de los Molinos, puede que fuera un incendio provocado por las prácticas agrarias de quema de rastrojos tras la cosecha de cereales. Otra posibilidad es que fuera un incendio provocado por los intereses ganaderos de aumentar los pastos para el ganado, ya que en esa época los usos ganaderos en la Sierra de Segura estaban creciendo de manera exponencial y además se estaban produciendo conflictos de intereses entre las oligarquías locales y los ganaderos forasteros, que entraban a pastar en la Sierra a cambio del pago de un canon al Concejo de Segura, que controlaba así mismo la explotación forestal. 

Localización de «El Ardal» en el mapa topográfico de Siles de 2001. Fuente: Instituto Geográfico Nacional.

FUENTES Y BIBLIOGRAFÍA

 

 

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