LA LENGUA ÁRABE EN LA POLÍTICA ACULTURADORA DE LOS MORISCOS DEL REINO DE GRANADA

Análisis de la política seguida por las autoridades eclesiásticas y civiles castellanas con respecto al uso de la lengua árabe por parte de los moriscos del reino de Granada, por Carlos Javier Garrido García.

En 2008 publiqué el artículo “El uso de la lengua árabe como medio de evangelización-represión de los moriscos del reino de Granada: nuevos datos sobre Bartolomé Dorador, intérprete y traductor de Martín de Ayala, obispo de Guadix”, en la revista Miscelánea de Estudios Árabes y Hebraicos (Sección Árabe-Islam), n.º 57 (2008), pp. 123-137. Esta entrada es una síntesis de sus aportaciones principales, pudiendo descargarse el artículo completo en el enlace presente al final.

Que el problema morisco se ha convertido en uno de los temas estrella de la historiografía del antiguo Reino de Granada no escapa a nadie, como deja claro el elevado número de estudios que se le han consagrado. El conflicto entre ambas etnias, lejos de limitarse a temas religiosos derivados de la conversiones forzadas de 1500-1501 y de la consiguiente aplicación por parte morisca de la taqiyya (disimulación), estuvo circunscrita también a temas económicos y culturales. En cuanto a éstos últimos, las manifestaciones culturales moriscas fueron consideradas por los cristianos viejos como muestra flagrante de disidencia religiosa, por lo que se llevaron a cabo unas medidas sistemáticas de prohibición de cualquier característica cultural que no fuera asumida por los castellanos.

Dentro de las manifestaciones culturales, sin duda una de las principales era la lengua, entendida como barrera para la verdadera conversión y aculturación de los moriscos. Para soslayar el problema, las autoridades civiles y religiosas castellanas van a contar con la colaboración de intérpretes y traductores, como fue el caso de Bartolomé Dorador, intérprete y traductor del obispo accitano Martín de Ayala.

Alfabeto árabe publicado por Fray Pedro de Alcalá: «Arte para saber la lengua arábica» (1505)

La problemática lingüística en la Granada morisca

La lengua árabe estaba estrechamente imbricada con la vida religiosa de los moriscos al ser un elemento capital en la definición de su identidad cultural. Por ello no es de extrañar que las autoridades religiosas castellanas lucharan por su extirpación como condición sine qua non para la asimilación de los moriscos, como denotan las prohibiciones efectuadas en la Congregación de la Capilla Real de 1526, el Concilio Provincial de Granada de 1565, la real cédula de noviembre de 1566 y la Pragmática de 1567. De nada sirvieron las alegaciones de Francisco Núñez Muley en su famoso Memorial, según el cual había que distinguir entre religión y lengua, para lo que ponía como ejemplo a las comunidades cristianas de Malta y Jerusalén.

Sin embargo, todas las medidas aculturadoras resultaron un fracaso en el aspecto lingüístico, como en tantos otros, habiéndose demostrado que la población rural morisca apenas conocía el castellano y que en las áreas urbanas la situación era de bilingüismo en el mejor de los casos. Ello no fue impedimento para que muchas veces se utilizara por parte de las instancias eclesiásticas la lengua árabe para la predicación de la religión cristiana a los moriscos, ya fuera desde posturas moderadas, caso de Fray Hernando de Talavera, primer arzobispo de Granada, o desde posturas contrarreformistas más intransigentes, caso de Martín de Ayala, obispo de Guadix entre 1549 y 1560. En ambos casos, las autoridades eclesiásticas fueron conscientes de la necesidad de contar con un clero que conociera la lengua árabe.

La formación de un clero arabófono por Martín de Ayala, obispo de Guadix

El obispo Ayala se centró, en su amplia labor reformista, también en conseguir un clero plenamente capacitado para la labor misional con los moriscos, para lo cual era necesario conocer la lengua árabe. Aparte de cristianos viejos como Dorador, el medio más fácil de encontrar un clero arabófono era conseguir la consagración sacerdotal de moriscos plenamente integrados. Sin embargo, desde 1526 existía como impedimento el estatuto de limpieza de sangre impuesto por una real provisión de Carlos I en el nombramiento de beneficiados, tanto catedralicios y abaciales como parroquiales, en el Obispado de Guadix. En ella se encargaba al entonces obispo de Guadix y a sus sucesores que tuvieran especial cuidado en informarse si las personas que se presentaban a los beneficios parroquiales “son reconçiliados, hijos o nietos de quemados por el dicho Santo Ofiçio de la Ynquisición o nuebamente conbertidos en nuestra Santa Fe Cathólica para que a ninguno desta calidad no instituyáis ni coleis en ninguna dignidad, raçión, capellanía ni benefiçio”.

Ante ello, el obispo Martín de Ayala solicitará al rey que se aclare si quedaban excluidos sólo los conversos pero no sus hijos, al mismo tiempo que solicitaba al monarca que se señalaran dos beneficios “para que se prouean a theólogos que sepan la lengua arábiga para predicar a los moriscos”. La respuesta del monarca, en marzo de 1550, será pedir un traslado de la anterior real cédula para decidir en consecuencia, y en el segundo aspecto, el de los beneficios destinados a clérigos conocedores del árabe, “teniendo por çierto redundará mucho seruiçio de nuestro señor, hauemos scripto a los serenísimos reyes de Bohemia, mis hijos, que lo manden ver y poner en execución por la mejor manera que les parescerá”, sin que conozcamos su decisión al respecto.

Seis meses después, el rey, una vez vista la real provisión de 1526, decidió que “pareçe que está claro que se entiende y ha de entender que solamente son excluydos los reconçiliados e hijos o nietos de quemados por el Santo Officio de la Inquisición y los que nueuamente se conuertieren de moros y que a estos tales no se ha de hazer la collación, pero los hijos y desçendientes de los nueuamente conuertidos han de ser admitidos siendo buenos christianos y ábiles y sufiçientes, de la esaminaçión de los quales os encargamos tengays mucho cuydado”.

El uso del árabe en la predicación a los moriscos por un clero conocedor de dicha lengua era algo básico para Ayala. Él mismo, al ser presentado por el emperador para la sede accitana en 1548, intenta renunciar a ella alegando su desconocimiento de la lengua árabe. No es de extrañar, por tanto, que la necesidad de contar con un clero arabófono sea tenida en cuenta en el famoso Sínodo celebrado por el obispo Ayala en Guadix en 1554. A lo largo del mismo las referencias a ello son frecuentes.

El Sínodo de Guadix de 1554 y la lengua árabe

Los encargados del adoctrinamiento de los moriscos eran los curas, por lo que el Sínodo estableció que hubiera “algún aráuigo para las parrochias que fueren de christianos nueuos”. En ausencia de curas o cuando el curato estuviera ejercido por un beneficiado, la predicación en árabe a los moriscos estaría a cargo del mismo. Así, se establece “que en los lugares o parrochias donde no vuiere cura que por su turno el beneficiado o beneficiados que fueren semaneros y que tuuieren el curato y sufficiencia y supieren aráuigo declaren el sancto euangelio, deteniéndose en vn punto principal dél… El señalamiento de los quales beneficiados que esto ouieren de hazer (no siendo todos para ello) reseruamos en Nos para les applicar del curato alguna recompensa e las primicias por su trabaja como a Nos más bien visto fuere”.

Además, se decidió que los domingos de adviento y cuaresma y en otras fiestas entre semana se reunieran los moriscos en las ciudades de Guadix y Baza en una iglesia para “tener sermón en aráuigo acerca de la doctrina y euangelio que occurriere, no auiendo en todas las parrochias hombres doctos y aráuigos que los puedan enseñar, y esto hagan los prelados con intérprete o pongan quien lo haga”.

Estas disposiciones se completaban con otras como la contratación en cuaresma de confesores que conocieran el árabe y la predicación una vez al mes en árabe en las parroquias “porque algunos en muchos lugares no saben aljamía y puedan entender lo que rezan”.

En cualquier caso, esta predicación en árabe se estimaba como algo temporal que no eximía de la necesidad de que los moriscos aprendieran la lengua castellana. Por ejemplo, antes de casarse los cristianos nuevos debían examinarse de la doctrina cristiana ante el obispo o sus provisores, estableciéndose que la debían saber “en lengua castellana” para que se les diera licencia.

Como apoyo en la labor misional, Martín de Ayala va a elaborar también un catecismo en 1554 que, incluido en las actas del Sínodo, fue traducido al árabe por Bartolomé Dorador.

Declaración de Bartolomé Dorador en un pleito contra un morisco en 1554, incluyendo la transcripción de varias oraciones musulmanas en árabe. Archivo Histórico Diocesano de Guadix.

Bartolomé Dorador

Este clérigo, beneficiado primero de Lanteira y luego de Santiago de Guadix, utilizó su conocimiento del árabe no sólo para predicar a sus feligfreses morioscos, sino también para, ganándose su confianza, aacabar procesándolos ante la Audiencia Episcopal de Guadix. Esta práctica deja de manifiesto que el aprendizaje y uso de la lengua árabe por parte de los eclesiásticos durante la pontificado de Martín de Ayala difería, y mucho, en sus intencionalidades básicas del realizado durante el pontificado de fray Hernando de Talavera: éste último lo usará como vehículo de diálogo con la comunidad morisca en busca de una conversión voluntaria y sincera; aquél lo hará con el ánimo de conseguir también la conversión de los moriscos, pero ahora a través de la represión y el control. Para ambas acciones saber árabe eran un instrumento necesario, de ahí la actuación de individuos como Bartolomé Dorador.

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